MONTES CON HISTORIA

La pertenencia de Motos y Alustante al Señorío de Molina supuso que los términos de ambos pueblos ­―a excepción de sus dehesas―, formasen parte de una antiquísima mancomunidad de montes, pastos y aguas. Esta mancomunidad se fundaba en el fuero de Molina, concedido por el conde Manrique o Aymerich de Lara a mediados del siglo XII, quien concede a todos los vecinos del territorio el derecho de pastar y aprovechar leñas y otros frutos en cualquiera de los montes de todos y cada uno de los pueblos.

Para comprender este derecho ancestral podemos recurrir a un texto del siglo XVIII en el que se dice que «participan los unos en los términos de los otros y los otros en los de los otros». Otro documento de la misma época señalaba además que el territorio de Molina funcionaba como un enorme «término zerrado y pribatibo solo para los vecinos del enunciado Señorío».

Esto no obstó para que desde una época muy temprana de la repoblación se comenzase a amojonar el término (hoy diríamos término municipal) de cada pueblo. Así, pese a la permeabilidad de los términos de cada aldea, muy pronto cada una de ellas tuvo adjudicado un espacio que pudo servir de referencia a la extensión de los labrantíos de los vecinos de cada pueblo y, sobre todo, para saber qué correspondía pagar a cada pueblo, tanto en tributos civiles como eclesiásticos.

Se sabe que en Alustante en torno al 44% de su término se consideraba realengo o común a todos los pueblos del territorio, mientras que en Motos estos pastos y montes suponían hasta un 56%. Hay que tener en cuenta que a partir de 1399 se permitió el cierre de los términos durante las Siete Semanas que van de San Pedro a la Virgen de la Asunción para ser arrendados como agostaderos a ganados trashumantes, lo que acabó siendo una fuente de ingresos para los concejos.

Dentro de cada término los concejos locales comenzaron a tener necesidad de pastos para los animales de tiro y labranza, especialmente los bueyes, de este modo, se comienzan a segregar de los montes comunes unas parcelas, en su mayoría de notable tamaño, denominadas dehesas boyales o boalajes. El proceso de acotamiento de dehesas parece centrarse en el siglo xiii, durante los dominios de Alfonso de Molina (señor entre c.1240-1272) y Blanca de Molina (1272-1293); no obstante, se estuvieron concediendo a los concejos dehesas y otros tipos de vedados concejiles (redondas, cotos, etc.) hasta el siglo xviii.

No sabemos en qué momentos son concedidas las dehesas de Alustante y Motos, pues no se conservan los privilegios originales. Se encuentran documentos que, eso sí, permiten conocer los nombres de estas dehesas y hasta su extensión. Alustante dispuso de tres dehesas boalajes, al menos desde principios del siglo xv, llamadas Somera o de Cirujeda, al sureste del término; la Bajera o de Vallegermo, al norte, y la de los Quiñones o Esquiñones, una pequeña dehesa o prado de dalla al oeste del casco del pueblo. Por su parte, Motos tuvo dos dehesas: la de Cabezalloso al sureste de su término y la de la Cerrillosa, al noreste.

Estas dehesas tenían la función de mantener a los animales de labor durante todo el año con pastos protegidos por arbolado, aunque se sabe que, al menos en Alustante, se producía la trashumancia de parte de la vacada del pueblo a Andalucía durante los inviernos. Por lo que respecta a las dehesas de Alustante la dehesa Bajera estaba cubierta por quejigo, mientras que la Somera estaba poblada por pinar y marojo; en Motos las dehesas boyales estaban pobladas de enebro y monte bajo, lo que suponía una original forma de adehesamiento.

Extensión de las dehesas en el siglo xviii

Dehesa (pueblo)Extensión en medias*Extensión estimativa (ha)% del término
Cerrillosa, La (Motos)1.3312237,24
Cabezalloso (Motos)3.22754117,58
Somera (Alustante)2.2953856,18
Bajera (Alustante)4.08368511,00
Esquiñones, Los (Alustante)77130,21

*Fte.: Catastro de Ensenada (1752), en medias fanegas del marco real de Molina

¿Qué fue tanto de los montes comunes como de las dehesas? Pues, en cierto modo, todavía queda algo de aquellos espacios que podemos reconocer en la actualidad. Si comenzamos por las dehesas, su suerte fue algo diferente en cada caso. Se sabe que la dehesa de los Esquiñones fue subastada por el Ayuntamiento de Alustante entre 1811 y 1837, lo que conllevó su total privatización y consiguiente roturación para labor.

La dehesa boyal Bajera de Alustante también comenzó su reducción de espacio por la misma causa en 1811, prolongándose las subastas sobre ella hasta al menos 1875. Con todo, y pese a haber perdido una buena parte de su extensión, se conservó como monte de utilidad pública (MUP n.º 108 del catálogo provincial) con 413 ha.

La dehesa boyal Somera corrió una suerte parecida, fue subastada y roturada al menos desde 1838 hasta 1875. Su extensión original quedó reducida a 192 ha, si bien el MUP en el que se integró (n.º 109) incluyó el área de las Neveras, antiguo monte común, por lo que en la actualidad cuenta 299 ha.

Las dehesas de Motos, por su parte, se conservaron al parecer mucho mejor, al menos en su integridad. La dehesa boyal de Cabezalloso, aunque sufrió roturaciones, mantuvo 676 ha como MUP (n.º 153), posiblemente su totalidad original (los cálculos de 1752 pudieron no ser exactos, por lo tanto).

En cuanto a la dehesa boyal de la Cerrillosa, si bien no se incluyó en el catálogo de MUP, quedó como pasto para el pueblo, y tanto en las planimetrías de 1900 como de 1940 se conservó en la zona el elocuente topónimo «la Dehesa» y «Dehesa de Motos», aparte del topónimo tradicional de la Cerrillosa.

Por lo que respecta a los montes y pastos comunes, desde el siglo xviii se observa un cuestionamiento de la mancomunidad por parte de los pueblos del Señorío, con disputas que se agravan en la centuria siguiente. Es así como, en 1857, tiene que intervenir la Diputación de Guadalajara, restringiendo el derecho de traspaso gratuito de términos, para evitar «las contiendas y disgustos que continuamente se suscitan entre los habitantes del Señorío de Molina». Fue de este modo cómo la mancomunidad acabó en el desuso, pese a que no consta su abolición explícita y a pesar de que, especialmente los pueblos con términos pequeños la siguieron defendiendo hasta la década de 1860.

En consecuencia, las áreas de los términos municipales antiguamente consideradas comunes pasan al uso exclusivo de los vecinos de los pueblos donde estas radicaban. Detrás de estos hechos está el aumento de población, por lo que muchos de estos pastos y montes se roturaron para crear nuevas zonas de labor.

 No obstante, también se conservaron en ambos pueblos las antiguas áreas comunes con el nombre de montes o términos blancos, reminiscencia de su pasado colectivo; incluso, en Alustante se mantuvo el topónimo de «El Realengo» (otra forma de designar a las áreas comunes), en esta ocasión para designar al área de pinar que mantuvo su consideración comunal para los vecinos del pueblo hasta la década de 1950, momento en que pasaron al Ayuntamiento. Actualmente este es el MUP 303 del catálogo provincial.